El feminismo no es un extraterrestre
Reflexiones al hilo del caso de la mujer andaluza que ha incumplido la resolución judicial al negarse a devolver sus hijos a su progenitor por ejercer anteriormente sobre ella violencia de género.
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Los robots autónomos inteligentes ya están aquí. Como toda nueva tecnología, plantea cuestiones éticas y jurídicas. En este post abordaré temas como la creación de una nueva categoría jurídica, la persona electrónica, o la conveniencia de establecer una responsabilidad objetiva, basada en el daño y no en la culpa, como respuesta a los daños que puedan generar las máquinas inteligentes.
Esta resolución rinde tributo al principio de libertad de elección de nombre, sin cuestionar el mayor o menor gusto de los padres, y al criterio interpretativo (artículo 3.1 del Código Civil) de la realidad social del tiempo en que las normas han de aplicarse, que en general, y huyendo de la rigurosa precisión, permite un uso versátil de los vocablos.
El Notario o conoce a las partes, o se asegura de su identidad por los medios supletorios que le marca la ley; pero, en definitiva, su juicio de identidad, expresando en él los medios utilizados, que en mi opinión son herramientas alternativas que brinda la legislación notarial al fedatario para cumplir su misión, es requisito esencial de validez del documento público, por los efectos que le anuda el ordenamiento jurídico.
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